ACTA NOTARIAL DE PRESENCIA: En la ciudad de Huehuetenango, Huehuetenango, a veintitrés de septiembre del año dos mil diez, siendo las dieciseis horas, YO: RENÉ OVANDO ESCOBEDO RIVAS, Notario, constituido en la quinta avenida ³A´ de la zona uno de esta ciudad, a requerimiento del señor ANTULIO ROBERTO GUTIÉRREZ, a quien juramento de la manera siguiente: Prometéis bajo juramento juramento decir verdad en lo que fuereis fuereis preguntado? CONTESTA: Sí, bajo bajo juramento prometo decir verdad en lo que se me pregunte, por lo que acto seguido le hice saber lo relativo al delito de Perjurio y pena consiguiente, de lo cual me dice estar perfectamente enterado y seguidamente dice llamarse como ha quedado escrito, ser de cincuenta y ocho años de edad, casado, agricultor, guatemalteco, domiciliado en Huehuetenango, departamento de Huehuetenango, se identifica con la cédula de vecindad vecindad número de orden Eme ± trece y de registro dieciséis mil seiscientos treinta y dos, extendida por el Alcalde municipal de Huehuetenango. Con el objeto de asentar la presente acta notarial, para el efecto procedo de la manera siguiente: PRIMERO: El requirente Antulio Roberto Gutiérrez en este acto procede a colocar el número número de nomenclatura nomenclatura municipal CINCO ± TREINTA Y NUEVE que corresponde corresponde a la QUINTA AVENIDA ´A´ DE LA ZONA UNO DE ESTA CIUDAD que es la dirección correcta y como en efecto así lo hizo, sobre una una pared en cuyo cuyo interior interior se encuentra encuentra una cancha cancha de Basquetbol que dice ser propiedad de la Iglesia Evangélica Centroamericana ³LUZ Y VERDAD´, basado en informe del Jefe de la Oficina Municipal de Planificación de la Municipalidad de Huehuetenango, a cargo del Arquitecto Audel Ruverín López Morales, cuyo documento pone a la la vista. vista. SEGUNDO: No habiendo más que hacer constar se se finaliza la presente presente acta veinte minutos minutos después de su inicio, en una una hoja de papel bond tamaño oficio, utilizada únicamente únicamente de anverso, a la que se le adhiere un timbre notarial del valor de diez quetzales y un fiscal del valor de cincuenta centavos de quetzal la cual se hace entrega al mismo interesado para los usos legales que le convengan. Leído que le fue lo escrito al requirente, requirente, enterado de su contenido, lo ratifica, ratifica, acepta y firma firma de conformidad. Doy fe.
Antulio Roberto Gutiérrez.
ANTE MÍ: Lic. René Ovando Escobedo Rivas. Notario.